{"id":400,"date":"2026-01-23T19:46:41","date_gmt":"2026-01-23T19:46:41","guid":{"rendered":"https:\/\/cambresenderismo.es\/?page_id=400"},"modified":"2026-01-23T19:46:41","modified_gmt":"2026-01-23T19:46:41","slug":"estatutos-de-regimen-interno","status":"publish","type":"page","link":"https:\/\/cambresenderismo.es\/index.php\/estatutos-de-regimen-interno\/","title":{"rendered":"Estatutos de r\u00e9gimen interno"},"content":{"rendered":"\n<h1 class=\"wp-block-heading\">Resumen Estatutos y Reglamento de R\u00e9gimen Interno<\/h1>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\">\u00a0Estatutos<\/h2>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\">Art\u00edculo 1.-<\/h3>\n\n\n\n<p>El Club Cambre Senderismo, con CIF G_______________ es una asociaci\u00f3n privada sin \u00e1nimo de lucro, con personalidad jur\u00eddica y capacidad de obrar, que tiene como fin exclusivo la promoci\u00f3n o pr\u00e1ctica de una o varias modalidades deportivas y la participaci\u00f3n en actividades o competiciones en el \u00e1mbito federado<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\">Art\u00edculo 2.-<\/h3>\n\n\n\n<p>El Club Cambre Senderismo se constituye al amparo del T\u00edtulo VII de la Ley 3\/2012, del Deporte de Galicia, y su normativa de desarrollo.\u00a0, en lo que sea de aplicaci\u00f3n, y por todas las dem\u00e1s disposiciones de \u00e1mbito auton\u00f3mico y estatal que est\u00e9n vigentes y resulten aplicables; asimismo, se regir\u00e1 por los presentes estatutos y por los reglamentos y disposiciones de la federaci\u00f3n o federaciones deportivas de Galicia a las que se adscriba, y, en su defecto, por los de las federaciones espa\u00f1olas, as\u00ed como por los reglamentos de r\u00e9gimen interior u otros que pueda aprobar la asamblea general.<\/p>\n\n\n\n<p>El club acata y reconoce los estatutos y reglamentos de la federaci\u00f3n o federaciones deportivas de Galicia a las que se adscribe y, en su defecto, los de la federaci\u00f3n o federaciones espa\u00f1olas correspondientes.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\">Art\u00edculo 3.-El \u00e1mbito territorial<\/h3>\n\n\n\n<p>El \u00e1mbito territorial de actuaci\u00f3n es auton\u00f3mico, sin perjuicio de integrarse en organizaciones de \u00e1mbito superior si as\u00ed se acordara, as\u00ed como de actuar fuera de este \u00e1mbito territorial en competiciones deportivas.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\">Art\u00edculo 4.- Clases de socios y socias<\/h3>\n\n\n\n<p>El n\u00famero de socios ser\u00e1 ilimitado. La Asamblea General podr\u00e1 suspender, no obstante, la admisi\u00f3n de nuevos socios cuando as\u00ed lo exijan razones de aforo o capacidad f\u00edsica de las instalaciones. Los socios podr\u00e1n ser de las siguientes clases: de numerarios, honorarios, aspirantes y familiares.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Socios honor\u00edficos<\/strong>: reconocimiento a personas o entidades que prestasen servicios relevantes al Club.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Socios numerarios<\/strong>: Persona mayor de 18 a\u00f1os que tiene la condici\u00f3n de socio.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Socios aspirantes<\/strong>: menores de edad con autorizaci\u00f3n legal.<\/p>\n\n\n\n<p>Los socios y socias de n\u00famero gozar\u00e1n de la plenitud de derecho que les confieren los presentes estatutos, siendo todos ellos y ellas miembros integrantes de la asamblea general.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\">Art\u00edculo 5.- Derechos y obligaciones de los socios y socias<\/h3>\n\n\n\n<p>1.Los socios y socias de numerarios y los aspirantes tendr\u00e1n los siguientes derechos:<\/p>\n\n\n\n<p>a)A participar en el cumplimiento de los fines espec\u00edficos del club.<\/p>\n\n\n\n<p>b)A exigir que la actuaci\u00f3n del club se ajuste a lo dispuesto en la Ley del Deporte y la Actividad F\u00edsica de Galicia, a sus normas de desarrollo y a las dem\u00e1s normas auton\u00f3micas o estatales que est\u00e9n vigentes y resulten aplicables en materia deportiva y a lo dispuesto en los presentes estatutos.<\/p>\n\n\n\n<p>c) A separarse libremente del club.<\/p>\n\n\n\n<p>d) A conocer sus actividades y examinar su documentaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>e) A exponer libremente sus opiniones en el \u00e1mbito del club.<\/p>\n\n\n\n<p>f) A que puedan elegir y ser elegidos para los \u00f3rganos de gobierno y representaci\u00f3n, siempre que tengan 18 a\u00f1os y plena capacidad de obrar.<\/p>\n\n\n\n<p>g) A que se les informe acerca de la composici\u00f3n de los \u00f3rganos de gobierno y representaci\u00f3n del club, de su estado de cuentas y del desarrollo de su actividad.<\/p>\n\n\n\n<p>h) A impugnar los acuerdos de los \u00f3rganos de gobierno y representaci\u00f3n del club que estimen contrarios a la ley o a los estatutos.<\/p>\n\n\n\n<p>i) A que se les oiga con car\u00e1cter previo a la adopci\u00f3n de medidas disciplinarias contra ellos o ellas, y a que se les informe de los hechos que den lugar a tales medidas, debiendo ser motivado el acuerdo que, en su caso, imponga la sanci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>2. Son obligaciones de los socios y socias de n\u00famero y de los constituyentes:<\/p>\n\n\n\n<p>a) Abonar las cuotas que exija la junta directiva, previamente aprobadas por la asamblea general.<\/p>\n\n\n\n<p>b) Contribuir al sostenimiento del club, as\u00ed como a la promoci\u00f3n, difusi\u00f3n y pr\u00e1ctica de las modalidades deportivas que se practiquen en el club.<\/p>\n\n\n\n<p>c) Acatar todas las disposiciones que dicten la asamblea general o la junta directiva para el buen gobierno del club.<\/p>\n\n\n\n<p>d) Colaborar en la gesti\u00f3n y administraci\u00f3n si fuese elegido para ello.<\/p>\n\n\n\n<p>e) Colaborar en la organizaci\u00f3n de las actividades del club en los t\u00e9rminos acordados en las normas de funcionamiento del mismo<\/p>\n\n\n\n<p>f) Y todas las dem\u00e1s obligaciones que se desprendan de lo que disponen los presentes estatutos y de las normas de funcionamiento, as\u00ed como de las disposiciones dictadas por la junta directiva.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\">Art\u00edculo 6.-<\/h3>\n\n\n\n<p>Para la admisi\u00f3n como socio o socia ser\u00e1 necesario:<\/p>\n\n\n\n<p>a) Reunir las condiciones se\u00f1aladas para ello.<\/p>\n\n\n\n<p>b) Solicitarlo por escrito a la junta directiva.<\/p>\n\n\n\n<p>c) Satisfacer la cuota de ingreso correspondiente.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\">Art\u00edculo 7.-<\/h3>\n\n\n\n<p>La condici\u00f3n de socio o socia se pierde:<\/p>\n\n\n\n<p>a) Por voluntad propia.<\/p>\n\n\n\n<p>b) Por falta de pago de las cuotas sociales establecidas.<\/p>\n\n\n\n<p>c) Por acuerdo de la junta directiva, fundado en faltas de car\u00e1cter muy grave, previa incoaci\u00f3n de expediente sancionador y con audiencia de la persona interesada; acuerdo que habr\u00e1 de ser ratificado en la primera asamblea general que se celebre.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\">Art\u00edculo 8.- R\u00e9gimen disciplinario<\/h3>\n\n\n\n<p>1. A los efectos disciplinarios en relaci\u00f3n con los asociados ser\u00e1 de aplicaci\u00f3n directa, en tanto y cuanto la asamblea general no haya aprobado un reglamento espec\u00edfico, La\u00a0<a href=\"https:\/\/www.google.com\/search?q=Ley+3%2F2012%2C+de+2+de+abril%2C+del+deporte+de+Galicia&amp;oq=ley+disciplina+deportvica+galicia&amp;gs_lcrp=EgZjaHJvbWUyBggAEEUYOTIJCAEQIRgKGKABMgkIAhAhGAoYoAHSAQk3Mzc5ajBqMTWoAgiwAgHxBQhZwwGE16rq&amp;sourceid=chrome&amp;ie=UTF-8&amp;mstk=AUtExfBZFP-pHB_uSvmgzE74zBbhWXA740fVdELT6VTL7yzMiutb8tvwjmp2WgT4jYrGRCR6RxoEYF1xG121oCuOohe4xKEsVnd7JSGW59zG7TUwYEG6yx3_B_l7F7sXYTJ_Wev5IjtZwl1QCupF7pv7Ve1gg1Y_X4OUikFH-R6tFsiAI9PbXSvJtTl5W5ma0YVOsB7snmnfoltInqwmRWf2UJNO183fIvQL8hEqYFRh9d1A3NRdInz5F72NPsGmrm0kE5yCYbVKo3LzyfymdrrYAetd&amp;csui=3&amp;ved=2ahUKEwj3ypTZtKKSAxUlQ_EDHfMWCQoQgK4QegQIARAB\">Ley 3\/2012, de 2 de abril, del deporte de Galicia<\/a>\u00a0(modificada en 2025) y la normativa complementaria, como el\u00a0<a href=\"https:\/\/deporte.xunta.gal\/es\/normativa\" target=\"_blank\" rel=\"noreferrer noopener\">Decreto 120\/2013<\/a>, regulan la disciplina deportiva en Galicia. Esta normativa establece el r\u00e9gimen sancionador, sobre Disciplina Deportiva, y dem\u00e1s normas reglamentarias que resulten de aplicaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>2. En todo caso, para imponer cualquier sanci\u00f3n ser\u00e1 preceptiva la instrucci\u00f3n de un expediente disciplinario con audiencia de la persona interesada.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\">Art\u00edculo 9.- Actividades<\/h3>\n\n\n\n<p>Para lograr sus fines, el club desarrollar\u00e1 las siguientes actividades teniendo en cuenta el respeto por el medio ambiente:<\/p>\n\n\n\n<p>1. Actividad principal:<\/p>\n\n\n\n<p>a. Excursionismo a pie (senderismo, monta\u00f1ismo, alpinismo,. . .) por todo tipo de caminos y senderos).<\/p>\n\n\n\n<p>2. Actividades complementarias:<\/p>\n\n\n\n<p>a. Actividades de educaci\u00f3n y sensibilizaci\u00f3n ambiental (talleres y juegos ambientales, voluntariado, itinerarios interpretativos,. . .)<\/p>\n\n\n\n<p>b. Acampada<\/p>\n\n\n\n<p>c. Otras actividades f\u00edsicas en la naturaleza (orientaci\u00f3n, pirag\u00fcismo, etc)<\/p>\n\n\n\n<p>d. Actividades formativas y culturales relacionadas con la actividad principal y el medio ambiente<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\">R\u00e9gimen disciplinario<\/h3>\n\n\n\n<p>1- &nbsp;Potestad Disciplinaria. La Junta Directiva del club, elegida en Asamblea General, ser\u00e1 la encargada de ejercer la potestad disciplinaria sobre tod@s l@s soci@s y las personas que participan de las actividades del club y\/o formen parte de su estructura org\u00e1nica.<\/p>\n\n\n\n<p>2- Faltas. Se considerar\u00e1n como faltas o infracciones las acciones u omisiones que contravengan las normas recogidas en los Estatutos, en el Reglamento Interno y en el resto de la legislaci\u00f3n vigente que sea de aplicaci\u00f3n, y se clasificar\u00e1n en leves, graves y muy graves.<\/p>\n\n\n\n<p>3- Tendr\u00e1n car\u00e1cter de leves las faltas que contravengan las normas relativas al desarrollo de las actividades, recogidas en el Reglamento Interno; siempre y cuando no tengan la consideraci\u00f3n de graves o muy graves. As\u00ed mismo se consideran leves los impagos de la cuota social en la cuant\u00eda y plazo que establezca la Asamblea General.<\/p>\n\n\n\n<p>4- Se considerar\u00e1n como faltas graves:<\/p>\n\n\n\n<p>1. La reiteraci\u00f3n, en tres ocasiones o m\u00e1s, de cualquier falta leve, durante un per\u00edodo de seis meses.<\/p>\n\n\n\n<p>2. Las faltas de respeto o muestras de trato denigrante sobre cualquiera de los integrantes del club o participantes de las actividades.<\/p>\n\n\n\n<p>3. Cualquier comportamiento llevado a cabo durante el desarrollo de las actividades del club, que se pueda considerar indecoroso o inadecuado para la imagen del mismo o de sus patrocinadores y colaboradores.<\/p>\n\n\n\n<p>4. El impago de las cuota social, en la cuant\u00eda y plazo que establezca la Asamblea General .<\/p>\n\n\n\n<p>5- Se considerar\u00e1n como faltas muy graves:<\/p>\n\n\n\n<p>1. La reiteraci\u00f3n, en dos ocasiones o m\u00e1s, de cualquier falta grave durante un per\u00edodo de doce meses.<\/p>\n\n\n\n<p>2. Cualquier conducta lesiva o delictiva contra el patrimonio del club o la integridad f\u00edsica de cualquiera de sus miembros.<\/p>\n\n\n\n<p>3. El impago de las cuotas, en la cuant\u00eda y plazo que establezca la Asamblea General durante dos a\u00f1os.<\/p>\n\n\n\n<p>Se establecen las siguientes sanciones para cada tipo de falta, que ser\u00e1n aplicadas por la Junta Directiva, seg\u00fan las faltas:<\/p>\n\n\n\n<p>1. Faltas leves: la exclusi\u00f3n de la actividad en cuyo transcurso se cometa la infracci\u00f3n. Adem\u00e1s de hacerle llegar al afectado una recomendaci\u00f3n de cambio de comportamiento.<\/p>\n\n\n\n<p>2. Faltas graves: la expulsi\u00f3n temporal del club durante el per\u00edodo de tiempo que estime la Junta Directiva, que, en ning\u00fan caso, ser\u00e1 superior a seis meses.<\/p>\n\n\n\n<p>3. Faltas muy graves: la expulsi\u00f3n temporal del club en un periodo de seis meses a un a\u00f1o o bien la expulsi\u00f3n definitiva del club. Esta \u00faltima posibilidad habr\u00eda que ratificarla en una Asamblea General.<\/p>\n\n\n\n<p>6- Procedimiento disciplinario.<\/p>\n\n\n\n<p>A.- Cualquier soci@ del club que considere que cualquier otro compa\u00f1er@ comete una infracci\u00f3n podr\u00e1 comunicarlo verbal o por escrito al presidente del club y este lo llevara a la Junta Directiva ordinaria siguiente.<\/p>\n\n\n\n<p>B.- Una vez presentada, la Junta Directiva resolver\u00e1 si procede sancionar y el tipo de la misma. Se podr\u00e1 solicitar la comparecencia del propi@ implicad@ y\/o testig@s si se considera necesario. C.- Se comunicar\u00e1 al afectad@ bien v\u00eda verbal si son faltas leves o por escrito si son faltas graves o muy graves.<\/p>\n\n\n\n<p>7.- Ejecuci\u00f3n de sanciones. Las sanciones impuestas ser\u00e1n inmediatamente ejecutadas sin que las reclamaciones y recursos que procedan contra las mismas paralicen o suspendan su ejecuci\u00f3n. Si el recurso es aceptado se anula la sanci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>Disposici\u00f3n Final<\/p>\n\n\n\n<p>8.- Cada soci@ del club o participante de las actividades se comprometen a cumplir las normas del presente reglamento, as\u00ed como otras instrucciones que se dicten por parte del coordinador\/a o de los monitor@s\/gu\u00edas durante la realizaci\u00f3n de las caminatas o bien por la Junta Directiva en asuntos referentes al club.<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\">REGLAMENTO DE R\u00c9GIMEN INTERNO<\/h2>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\">PREAMBULO<\/h3>\n\n\n\n<p>El Club Cambre Senderismo, establece pare el buen funcionamiento del mismo y de las actividades que desarrolla las siguientes normas, todas ellas ir\u00e1n encaminadas a velar por nuestra seguridad en el camino y por hacer m\u00e1s amenas, si cabe, el caminar en grupo. Sin unas normas ser\u00e1 imposible que el club se consolide como tal y marche bien, si las seguimos caminaremos mejor y m\u00e1s seguros. El presente Reglamento ha sido aprobado en Asamblea General Constitucional el d\u00eda 10 de enero de 2026.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\">CAPITULO 1 Normas de organizaci\u00f3n, funcionamiento y participaci\u00f3n de las&nbsp;Caminatas<\/h3>\n\n\n\n<p>1- Para la puesta en marcha de una caminata se debe de decidir, previamente, en los \u00f3rganos de decisi\u00f3n del club. Inicialmente dentro del Programa de Actividades del club de cada a\u00f1o, aprobado por la Asamblea General o por las reuniones especificas que se convoquen al respecto. De forma extraordinaria se puede organizar una caminata a decisi\u00f3n de la Junta Directiva. Y en \u00faltima instancia y de car\u00e1cter urgente se puede realizar la misma si, al menos, se cuenta con el visto bueno del presidente del club.<\/p>\n\n\n\n<p>2- Una vez que se decide organizar una caminata el club se encuentra en el deber de informar a todos los socios\/as de la realizaci\u00f3n de la misma a trav\u00e9s de los medios que se dispongan. Ha de informarse sobre la fecha, ruta, trayecto, peligrosidad, dificultad, duraci\u00f3n, horarios, climatolog\u00eda, avituallamiento, equipamiento y coste; de modo que cada quien valore su participaci\u00f3n en la misma. Tambi\u00e9n se dispondr\u00e1 de los medios necesarios para su realizaci\u00f3n: equipo organizador, trasporte, socorrismo o primeros auxilios, entre otros.<\/p>\n\n\n\n<p>3.- Para participar de las caminatas hay que inscribirse previamente donde la organizaci\u00f3n lo convenga. La fecha limite ser\u00e1 la que por cuestiones de organizaci\u00f3n sea preceptiva.<\/p>\n\n\n\n<p>4.- A las actividades exclusivas para los socios, s\u00f3lo tendr\u00e1n derecho su asistencia los mismos, pudiendo hacer valer su derecho de invitar a un no socio (que deber\u00e1 costear sus gastos), teniendo en cuanta que en el caso de que por cuestiones de seguridad o de organizaci\u00f3n las plazas fuesen limitadas se seguir\u00e1 el orden de inscripci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>5.- En las actividades abiertas al p\u00fablico en general, en el caso de que las plazas fuesen limitadas, los socios tendr\u00edan preferencia frente a los no socios, siempre y cuando estos hagan su inscripci\u00f3n en los plazos establecidos.<\/p>\n\n\n\n<p>6- El club se reserva el derecho de modificar o alterar los horarios, el trayecto y dem\u00e1s aspectos de cada caminata. Dichos cambios ser\u00e1n comunicados a los participantes en el momento de salida si no se pudiera hacer con antelaci\u00f3n. Y en el supuesto que concurrieran causas mayores se podr\u00e1 suspender una caminata programada, siempre y cuando, se cuente con la autorizaci\u00f3n del presidente del club; seguidamente habr\u00e1 de informarse a todas las personas interesadas.<\/p>\n\n\n\n<p>7- En el caso de que por fuerza mayor el club se vea obligado a suspender una actividad (meteorolog\u00eda adversa, inestabilidad del medio, etc\u2026), los participantes no socios que hayan pagado los costes de su seguro, perder\u00e1n el importe ya que el seguro se contrata en el momento que se inscriben y no hay posibilidad de anularlo.<\/p>\n\n\n\n<p>8- Cada participante debe manifestar que cuenta con las condiciones f\u00edsicas y ps\u00edquicas establecidas para realizar la actividad. Para ello deber\u00e1 firmar el consentimiento informado en el momento de inscribirse o de renovar su inscripci\u00f3n como socio, de modo que acepta se conocedor de los riesgos que implica la pr\u00e1ctica del senderismo.<\/p>\n\n\n\n<p>9- El club sobre entiende que los socios que han declarado tener en vigor su licencia federativa de la FEMECV se encuentran cubiertos por un seguro de accidente. El club facilitara el acceso a un seguro de Responsabilidad Civil y de Accidentes de car\u00e1cter obligatorio, tanto a socios como a los no socios que participen en las salidas a la monta\u00f1a. No obstante, y para garantizar la seguridad de los participantes, estos deber\u00e1n asegurarse de llevar tanto el equipo como el avituallamiento que la organizaci\u00f3n ha marcado para esa actividad.<\/p>\n\n\n\n<p>10- La indumentaria de los participantes debe ser apropiada para la actividad (ropa c\u00f3moda, de abrigo, chubasquero, chalecos reflectantes para carretera, protecci\u00f3n solar y botas de monta\u00f1a) y cualquier condicionante personal (sanitario,\u2026) ser\u00e1 de responsabilidad exclusiva de cada participante y deber\u00e1 comunicarse a la organizaci\u00f3n. Si la indumentaria y el equipo de alguno de los participante pueden suponer un riesgo para el mismo en el desarrollo de la actividad, la organizaci\u00f3n puede vetarle la realizaci\u00f3n de la misma, con el fin de evitar posibles accidentes.<\/p>\n\n\n\n<p>11- Queda terminantemente prohibido atentar contra el medio y el entorno natural, por lo que no est\u00e1 permitido recolectar plantas, molestar a la fauna, recoger piedras o cualquier elemento natural del paisaje y dejar rastro de nuestra visita. Recordemos que la naturaleza es un bien a disfrutar por todos\/as y que tras nosotros vendr\u00e1n otros visitantes. Los desechos org\u00e1nicos (restos de comida, pieles de frutas, etc\u2026), aunque biodegradables son un elemento de contaminaci\u00f3n visual, por ello tampoco los dejaremos en el monte, la basura nos la llevamos con nosotros.<\/p>\n\n\n\n<p>12- Se exige respecto por todos\/as y cada uno de nuestros\/as compa\u00f1eros\/as, especialmente por las personas mayores, menores o que cuentan con alguna dificultad y caminan con el grupo.<\/p>\n\n\n\n<p>13- La hora de salida ser\u00e1 puntual, por tanto, la organizaci\u00f3n no espera y comienza la actividad en los horarios previstos (transporte, inicio de la caminata,\u2026). As\u00ed mismo la hora de llegada de la caminata debe ser puntual (en la hora prevista);. Ello, siempre y cuando, no surjan inconvenientes inesperados.<\/p>\n\n\n\n<p>14- La Junta Directiva, o en su defecto, el presidente del club designara para cada caminata una persona coordinadora que ser\u00e1 la responsable de la organizaci\u00f3n de la misma (transporte, cobro de matriculas, designaci\u00f3n de la ruta y de los monitores\/gu\u00edas, socorristas, emisoras,\u2026). As\u00ed mismo ser\u00e1 la persona autorizada para realizar los cambios que se puedan ocasionar durante el trayecto de la misma. La caminata siempre contar\u00e1 con socios como gu\u00edas de apoyo que hayan realizado la ruta previamente.<\/p>\n\n\n\n<p>15- Durante la caminata se formar\u00e1 un \u00fanico grupo, que estar\u00e1 tutelado por un monitor\/a gu\u00eda, designado por el coordinador\/a de la caminata. Los gu\u00edas son las personas responsables de cada grupo. Todos los miembros del grupo deben mantener la uniformidad y en ning\u00fan caso adelantar al gu\u00eda y si por alg\u00fan motivo hay que salirse del camino o surge alg\u00fan inconveniente se debe comunicar al gu\u00eda. Adem\u00e1s del gu\u00eda\/monitor que ir\u00e1 en cabeza, al final del grupo caminar\u00e1 otro gu\u00eda\/monitor que cerrar\u00e1 la columna, ning\u00fan participante puede quedar ni andar por detr\u00e1s de este. Si el grupo es muy numeroso se intercalar\u00e1n de modo equidistantes m\u00e1s gu\u00eda\/monitores acompa\u00f1antes que garantizar\u00e1n la compactaci\u00f3n del grupo. Tenemos que tener en cuenta que ser\u00e1n los responsables de que el grupo llegue completo al final del camino. Recordemos \u201cel gu\u00eda ayuda al grupo y el grupo ayuda al gu\u00eda\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>16.- Las paradas y los altos que se realicen a lo largo de la ruta ser\u00e1n decisi\u00f3n de los gu\u00edas, siendo las paradas de car\u00e1cter t\u00e9cnico (reajuste de ropa, reagrupaci\u00f3n, recuperaci\u00f3n), de car\u00e1cter recreacional (vistas, puntos de inter\u00e9s), y de cuestiones fisiol\u00f3gicas (comida, almuerzo, hidrataci\u00f3n, etc\u2026).<\/p>\n\n\n\n<p>17.- El compa\u00f1ero\/a del grupo que tenga m\u00e1s problemas en una determinada caminata, pasar\u00e1 a acompa\u00f1ar al gu\u00eda de cabeza, que marcar\u00e1 el paso m\u00e1s adecuado para terminar la traves\u00eda con \u00e9xito. Todo el grupo seguir\u00e1 el ritmo marcado.<\/p>\n\n\n\n<p>18- Seg\u00fan la caminata a realizar se podr\u00e1 contar con gu\u00edas tem\u00e1ticos que tendr\u00e1n como funci\u00f3n el trasmitir informaci\u00f3n de inter\u00e9s sobre los lugares que vamos visitando; pero en todo caso no tendr\u00e1n responsabilidad sobre la organizaci\u00f3n de la misma; ya que esta recae sobre el coordinador\/a.<\/p>\n\n\n\n<p>19- El club dispondr\u00e1 de un socorrista que preste el servicio de primeros auxilios en caso necesario. O en su defecto el coordinador\/a debe tener previsto contar con un botiqu\u00edn de primeros auxilios.<\/p>\n\n\n\n<p>20- El club debe procurar que las personas que asuman las funciones de coordinaci\u00f3n y monitores\/as gu\u00edas de las caminatas puedan contar con la formaci\u00f3n adecuada. Esta formaci\u00f3n tambi\u00e9n estar\u00e1 dirigida a todas las personas que les pueda interesar. Para ello se debe organizar acciones formativas o bien participar de aquellas organizadas por otras entidades: clubes de senderismo, federaciones de la Comunidad Valenciana o Espa\u00f1ola de monta\u00f1a, y otras instituciones p\u00fablicas o privadas.<\/p>\n\n\n\n<p>21.- Los participantes que acudan a las caminatas con mascotas, se comprometen a llevarla en todo momento sujetas, adem\u00e1s marchar\u00e1n en cabeza, acompa\u00f1ando al gu\u00eda, procurando en todo momento que la actividad de su mascota no incomode o moleste al resto de participantes.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\">CAPITULO 2 Consulta sobre los libros oficiales del Club<\/h3>\n\n\n\n<p>22- Todo socio\/a podr\u00e1 examinar los contenidos de los libros oficiales del club seg\u00fan establece los estatutos del mismo. Estos libros son el de Socios\/as, Actas de Asambleas o Juntas Directivas, Contabilidad, Cuentas Anuales y otros libros auxiliares que considere el club necesarios para su funcionamiento. Para su consulta habr\u00eda que hacer una solicitud por escrito y dirigida al presidente del club. El cual tiene 10 d\u00edas para satisfacer dicha solicitud.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\">CAPITULO 3 R\u00e9gimen disciplinario<\/h3>\n\n\n\n<p>23- Potestad Disciplinaria. La Junta Directiva del club, elegida en Asamblea General, ser\u00e1 la encargada de ejercer la potestad disciplinaria sobre todos\/as los\/as socios\/as y las personas que participan de las actividades del club y\/o formen parte de su estructura org\u00e1nica.<\/p>\n\n\n\n<p>24- Faltas. Se considerar\u00e1n como faltas o infracciones las acciones u omisiones que contravengan las normas recogidas en los Estatutos, en el Reglamento Interno y en el resto de la legislaci\u00f3n vigente que sea de aplicaci\u00f3n, y se clasificar\u00e1n en leves, graves y muy graves.<\/p>\n\n\n\n<p>25- Tendr\u00e1n car\u00e1cter de leves las faltas que contravengan las normas relativas al desarrollo de las actividades, recogidas en el Reglamento Interno; siempre y cuando no tengan la consideraci\u00f3n de graves o muy graves. As\u00ed mismo se consideran leves los impagos de la cuota social anual en la cuant\u00eda y el periodo que establezca la Asamblea General.<\/p>\n\n\n\n<p>26- Se considerar\u00e1n como faltas graves: 1. La reiteraci\u00f3n, en tres ocasiones o m\u00e1s, de cualquier falta leve, durante un per\u00edodo de seis meses. 2. Las faltas de respeto o muestras de trato denigrante sobre cualquiera de los integrantes del club o participantes de las actividades. 3. Cualquier comportamiento llevado a cabo durante el desarrollo de las actividades del club, que se pueda considerar indecoroso o inadecuado para la imagen del mismo o de sus patrocinadores y colaboradores. 4. El impago de las cuota social, en la cuant\u00eda y plazo que establezca la Asamblea General durante seis meses.<\/p>\n\n\n\n<p>27- Se considerar\u00e1n como faltas muy graves: 1. La reiteraci\u00f3n, en dos ocasiones o m\u00e1s, de cualquier falta grave durante un per\u00edodo de doce meses. 2. Cualquier conducta lesiva o delictiva contra el patrimonio del club o la integridad f\u00edsica de cualquiera de sus miembros. 3. El impago de las cuotas, en la cuant\u00eda y plazo que establezca la Asamblea General durante un a\u00f1o.<\/p>\n\n\n\n<p>28- Se establecen las siguientes sanciones para cada tipo de falta, que ser\u00e1n aplicadas por la Junta Directiva, seg\u00fan las faltas: 1. Faltas leves: la exclusi\u00f3n de la actividad en cuyo transcurso se cometa la infracci\u00f3n. Adem\u00e1s de hacerle llegar al afectado una recomendaci\u00f3n de cambio de comportamiento. El no pago de la cuota social impide la posibilidad del socio de participar en las actividades del club hasta su pago.<\/p>\n\n\n\n<p>2. Faltas graves: la expulsi\u00f3n temporal del club durante el per\u00edodo de tiempo que estime la Junta Directiva, que, en ning\u00fan caso, ser\u00e1 superior a seis meses. 3. Faltas muy graves: la expulsi\u00f3n temporal del club en un periodo de seis meses a un a\u00f1o o bien la expulsi\u00f3n definitiva del club. Esta \u00faltima posibilidad habr\u00eda que ratificarla en una Asamblea General.<\/p>\n\n\n\n<p>29- Procedimiento disciplinario. A.- Cualquier socio\/a del club que considere que cualquier otro compa\u00f1ero\/a comete una infracci\u00f3n podr\u00e1 comunicarlo verbal o por escrito al presidente del club y este lo llevara a la Junta Directiva ordinaria siguiente. B.- Una vez presentada, la Junta Directiva resolver\u00e1 si procede sancionar y el tipo de la misma. Se podr\u00e1 solicitar la comparecencia del propio\/a implicado\/a y\/o testigos\/as si se considera necesario. C.- Se comunicar\u00e1 al afectado\/a bien v\u00eda verbal si son faltas leves o por escrito si son faltas graves o muy graves.<\/p>\n\n\n\n<p>30- Ejecuci\u00f3n de sanciones. Las sanciones impuestas ser\u00e1n inmediatamente ejecutadas sin que las reclamaciones y recursos que procedan contra las mismas paralicen o suspendan su ejecuci\u00f3n. Si el recurso es aceptado se anula la sanci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\">Disposici\u00f3n Final<\/h3>\n\n\n\n<p>31- Cada socio\/a del club o participante de las actividades se comprometen a cumplir las normas del presente reglamento, as\u00ed como otras instrucciones que se dicten por parte del coordinador\/a o de los monitores\/as gu\u00edas durante la realizaci\u00f3n de las caminatas o bien por la Junta Directiva en asuntos referentes al club.<\/p>\n\n\n\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Resumen Estatutos y Reglamento de R\u00e9gimen Interno \u00a0Estatutos Art\u00edculo 1.- El Club Cambre Senderismo, con CIF G_______________ es<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"parent":0,"menu_order":0,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","template":"","meta":{"footnotes":""},"class_list":["post-400","page","type-page","status-publish","hentry"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/cambresenderismo.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/pages\/400","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/cambresenderismo.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/pages"}],"about":[{"href":"https:\/\/cambresenderismo.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/page"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/cambresenderismo.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/cambresenderismo.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=400"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/cambresenderismo.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/pages\/400\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":401,"href":"https:\/\/cambresenderismo.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/pages\/400\/revisions\/401"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/cambresenderismo.es\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=400"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}